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Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan
a lo establecido en esta Ley y, en particular:
a) Las Ordenanzas para el ejercicio de la profesión de farmacia
aprobadas por Real Decreto de 18 de abril de 1860.
b) La Base 16 servicios farmacéuticos de la Ley de Bases para
la organización de la Sanidad Nacional de 25 de noviembre de 1944.
c) Ley de 17 de julio de 1947 sobre incompatibilidades en empresas
productoras o distribuidoras de especialidades farmacéuticas.
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