Disposición transitoria
única. Vigencia de la Orden ministerial de 21 de julio de 1978
Hasta el 31 de diciembre de 1994 se permitirá
la puesta en el mercado y la puesta en servicio de los productos
que se ajusten a la Orden ministerial de 21 de julio de 1978 por
la que se regula el registro y control de implantes clínicos terapéuticos
o de corrección.